Procedimiento Completo de Matriculación de Vehículos Extranjeros en España

Traer un vehículo a España tras establecer tu residencia es un proceso que exige rigor quirúrgico y una coordinación perfecta entre varias entidades: la ITV, Hacienda, tu Ayuntamiento y la DGT. La matriculación es imprescindible para circular legalmente y tienes que completarla en un plazo estrictísimo. La clave para evitar retrasos, multas e inspecciones es seguir la secuencia correcta de los cuatro grandes pasos.


⏱️ El Plazo Límite y el Inicio en la ITV

Tu primer punto de acción es el tiempo. La ley es clara: una vez que adquieres la residencia habitual en España, tienes un plazo máximo de 60 días para iniciar el proceso de matriculación del vehículo si viene de la UE. Si viene de fuera de la UE, la matriculación debe ser inmediata. El proceso legal arranca siempre con la validación técnica del coche.

1. Obtención de la Ficha Técnica Española (ITV): El Primer Paso

Tu vehículo debe pasar una Inspección Técnica de Vehículos (ITV) en cualquier estación española para certificar que cumple con todas las normativas de seguridad y medioambientales europeas.

  • Vehículos Europeos (UE/EEE): Si tu coche tiene el Certificado de Conformidad (CoC), el trámite en la ITV es una conversión de papeles. El resultado final es la Tarjeta de Inspección Técnica Española (la Ficha Técnica).
  • Vehículos Extra-Comunitarios: Aquí se complica. Estos vehículos suelen requerir una homologación individualizada. Esto implica un proceso más largo, a menudo con la ayuda de un ingeniero para emitir una Ficha Reducida, e incluso pruebas de laboratorio. Es más lento y más caro.

Importante: La ficha técnica obtenida en la ITV es el documento clave, ya que contiene los datos (potencia fiscal y $\text{CO}_2$) que Hacienda y el Ayuntamiento usarán para calcular tus impuestos.

2. Baja en el País de Origen: Evita la Doble Carga

Antes de la matriculación definitiva en España, debes asegurarte de que el vehículo ha sido dado de baja por exportación en el país donde estaba registrado. Esto es crucial para evitar que te sigan reclamando impuestos allí o que tengas problemas de doble tributación. Si circulas con matrículas temporales de tránsito, deben estar vigentes.


💰 La Liquidación Fiscal: El Paso por Caja (o la Exención)

Con la ficha técnica ya en la mano (ITV favorable), el proceso pasa a ser 100% fiscal. Los justificantes de pago o exención de impuestos son la llave para que la DGT te asigne la matrícula.

El Impuesto de Matriculación (IEDMT – Modelo 06): ¡El Gran Ahorro!

Este es el primer impuesto. Es un pago único que se gestiona ante la Agencia Tributaria de tu Comunidad Autónoma. Aquí está tu gran oportunidad de ahorrar:

Como nuevo residente, tienes derecho a solicitar la exención total del Impuesto de Matriculación si cumples estos cuatro puntos de oro:

  1. Haber residido fuera de España por al menos 12 meses.
  2. Haber adquirido el vehículo antes de tu cambio de residencia.
  3. Haber utilizado el vehículo en el país de origen por al menos 6 meses.
  4. Solicitar la exención en un plazo máximo de 12 meses desde tu alta en el Padrón (presentando el Modelo 06).

Si no cumples los requisitos (o si te pasas del plazo de 12 meses para pedir la exención), te tocará liquidar el impuesto en función de las emisiones de $\text{CO}_2$ del vehículo (Modelo 576 o 568).

El Impuesto de Circulación (IVTM): El Sello Anual

Este impuesto es anual y municipal. Tienes que liquidarlo en el Ayuntamiento donde resides. Aunque se paga cada año, en el trámite de matriculación se paga la parte proporcional restante del año en curso. Necesitas el resguardo de pago del IVTM (Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica) para poder presentarte en la DGT.


🗂️ El Paso Final: La Dirección General de Tráfico (DGT)

Con toda la documentación técnica y los justificantes de pago fiscal ya listos, es hora de pedir cita en la Jefatura de Tráfico provincial.

Documentación que te Pedirán

Para solicitar la matriculación definitiva, asegúrate de llevar:

  • Solicitud de Matriculación: El formulario oficial (Tasa 1.1).
  • Identificación y Residencia: NIE, TIE o DNI en vigor, y Certificado de Padrón municipal.
  • Técnica: Tarjeta de ITV Española (Ficha Técnica).
  • Fiscal: Resguardo de pago o exención (Modelo 06) del Impuesto de Matriculación, y resguardo de pago del IVTM (Ayuntamiento).
  • Tasa DGT: Justificante de pago de la Tasa de Matriculación de la DGT (Tasa 1.1).

Una vez que la DGT acepta toda la documentación, te asignan un número de matrícula y expiden el Permiso de Circulación definitivo del vehículo.

Recepción y Uso de Placas: El Cierre del Proceso

Con tu número de matrícula asignado, el último paso es encargar las placas físicas en un centro autorizado y colocarlas. Punto crítico: En cuanto tengas la matrícula española, tienes que contratar inmediatamente un seguro obligatorio con ese nuevo número. Circular sin seguro o con el seguro extranjero caducado es motivo de sanción inmediata.


Conclusión: Rigor y Secuencia Obligatoria

La matriculación de un vehículo extranjero requiere una precisión absoluta y atención a los plazos. El incumplimiento del plazo de 60 días para iniciar el trámite o la falta de liquidación de los dos impuestos (Matriculación y Circulación) paralizará el proceso. La secuencia ITV $\rightarrow$ Hacienda (IEDMT) $\rightarrow$ Ayuntamiento (IVTM) $\rightarrow$ DGT es la única vía para obtener el Permiso de Circulación español y garantizar tu movilidad legal como nuevo residente.


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